En su octava sesión ordinaria del período, el Concejo Deliberante de San Isidro modificó los recargos e intereses a aplicar por incumplimiento de pago en término, en la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública.
El cambio se hace efectivo a través de la modificación de los incisos a) y d) del art. 46 de la Ordenanza Fiscal Vigente N° 8221. En lo referido a recargos se establece, entre otras precisiones, que “cuando la deuda sea de ejercicios anteriores, el porcentaje a aplicar será del dos por ciento (2%). El departamento ejecutivo podrá considerar situaciones de excepción a lo dispuesto, aplicando sólo el uno por ciento (1%). planteadas expresamente por los contribuyentes cuando éstos demuestren fehacientemente que son titulares de vivienda única y/o imposibilidad de capacidad contributiva real que justifique la mora en el pago de las tasas. ”
Para el resto de las tasas, derechos o gravámenes, el interés a aplicar será del uno por ciento (1%) sobre el monto actualizado del gravamen no ingresado en término.
Cuando la deuda sea de ejercicios anteriores, el porcentaje a aplicar será del dos por ciento (2%).
En lo que a intereses se refiere, la modificación establece que “las obligaciones fiscales del contribuyente y/o responsable de la Tasa que haya sido sancionado con multa por omisión o con multa por defraudación, devengarán además, durante el ejercicio fiscal del vencimiento de la deuda, un interés punitorio mensual de uno por ciento (1%) sobre el monto actualizado del gravamen no ingresado en término, computado a partir del día siguiente al del vencimiento y hasta aquel en el cual se abona.”
Cuando la deuda sea de ejercicios anteriores, el porcentaje a aplicar será del dos por ciento (2%).
En el despacho emitido por la comisión de Presupuesto y Hacienda, se alude a la demora en el pago de tasas municipales, subrayando que “las razones de dichos incumplimientos no siempre es igual, ya que algunos lo hacen por apremios económicos y otros para afrontar otros gastos cuyo incumplimiento es más gravoso, dado que los intereses por mora en las tasas municipales es más exiguo”.
Dice también que esta situación “genera, por un lado, una injusticia para quienes se esfuerzan por cumplir con sus obligaciones y por otro, que las sanciones por incumplimiento son notoriamente inferiores a las establecidas para el caso de impuestos provinciales o nacionales, propiciando especulaciones por parte de quienes pudiendo pagar no lo hacen”.
*Reglamentan servicio de Valet parking
En la prolongada sesión desarrollada, durante la cual dio ingreso a una decena de expedientes para su tratamiento y aprobó otros 21 decretos, comunicaciones y ordenanzas, el cuerpo deliberativo reglamentó también la actividad de estacionamiento asistido o “valet parking”.
El cambio se hace efectivo a través de la modificación de los incisos a) y d) del art. 46 de la Ordenanza Fiscal Vigente N° 8221. En lo referido a recargos se establece, entre otras precisiones, que “cuando la deuda sea de ejercicios anteriores, el porcentaje a aplicar será del dos por ciento (2%). El departamento ejecutivo podrá considerar situaciones de excepción a lo dispuesto, aplicando sólo el uno por ciento (1%). planteadas expresamente por los contribuyentes cuando éstos demuestren fehacientemente que son titulares de vivienda única y/o imposibilidad de capacidad contributiva real que justifique la mora en el pago de las tasas. ”
Para el resto de las tasas, derechos o gravámenes, el interés a aplicar será del uno por ciento (1%) sobre el monto actualizado del gravamen no ingresado en término.
Cuando la deuda sea de ejercicios anteriores, el porcentaje a aplicar será del dos por ciento (2%).
En lo que a intereses se refiere, la modificación establece que “las obligaciones fiscales del contribuyente y/o responsable de la Tasa que haya sido sancionado con multa por omisión o con multa por defraudación, devengarán además, durante el ejercicio fiscal del vencimiento de la deuda, un interés punitorio mensual de uno por ciento (1%) sobre el monto actualizado del gravamen no ingresado en término, computado a partir del día siguiente al del vencimiento y hasta aquel en el cual se abona.”
Cuando la deuda sea de ejercicios anteriores, el porcentaje a aplicar será del dos por ciento (2%).
En el despacho emitido por la comisión de Presupuesto y Hacienda, se alude a la demora en el pago de tasas municipales, subrayando que “las razones de dichos incumplimientos no siempre es igual, ya que algunos lo hacen por apremios económicos y otros para afrontar otros gastos cuyo incumplimiento es más gravoso, dado que los intereses por mora en las tasas municipales es más exiguo”.
Dice también que esta situación “genera, por un lado, una injusticia para quienes se esfuerzan por cumplir con sus obligaciones y por otro, que las sanciones por incumplimiento son notoriamente inferiores a las establecidas para el caso de impuestos provinciales o nacionales, propiciando especulaciones por parte de quienes pudiendo pagar no lo hacen”.
*Reglamentan servicio de Valet parking
En la prolongada sesión desarrollada, durante la cual dio ingreso a una decena de expedientes para su tratamiento y aprobó otros 21 decretos, comunicaciones y ordenanzas, el cuerpo deliberativo reglamentó también la actividad de estacionamiento asistido o “valet parking”.
La ordenanza, que contiene siete artículos, establece que los interesados en brindar este servicio deberán presentar una solicitud, con el objeto de ser incorporados al registro de habilitaciones.
Indica también que el servicio se prestará en un espacio propio del local solicitante, en garajes o predios privados y/o lugares en vía pública, cercanos a tal fin.
El lugar para el estacionamiento deberá estar limpio de desperdicios, escombros y cualquier otro obstáculo que afecte la higiene, seguridad y bienestar general de las personas que lo usen y correctamente iluminado durante las horas de operación nocturna.
*Orientación vocacional
En otro proyecto de comunicación, el deliberativo expresó que vería con agrado que el Departamento Ejecutivo estudie la posibilidad de crear, a través de los ámbitos de la Dirección General de Educación y la Dirección General de Cultura de la comuna, talleres de orientación vocacional-ocupacional, destinados a la población joven y adolescente de San Isidro, que está finalizando la educación media.
En los fundamentos del despacho aprobado se expresa que al terminar el polimodal o secundario los adolescentes “atraviesan un período en el que se ven obligados a definir su propio rumbo y/o proyecto personal” y que “a menudo, esta nueva situación genera cierta incertidumbre y hasta en algunos casos, momentos de crisis”.
A ello se suma que en los últimos tiempos “ha aumentado significativamente la oferta educativa para el desarrollo profesional, por lo que se hace necesario brindar información sobre la diversidad de las carreras y cursos, sus objetivos y contenidos”.
Por tal motivo “teniendo en cuenta que los jóvenes constituyen un grupo social vulnerable para insertarse laboralmente, resulta necesario que el Estado les brinde ciertas herramientas no sólo para definir su vocación profesional sino también, para guiarlos en el proceso de la primera búsqueda laboral.”
“Por consiguiente –concluye- sería un gran aporte que la Municipalidad de San Isidro refuerce la labor de las escuelas, y ponga a disposición de la comunidad profesionales (psicólogos, psicopedagogos, licenciados en relaciones del trabajo y abogados) que puedan llevar a cabo esta tarea.”
La próxima sesión del cuerpo está prevista para el miércoles 1 de agosto próximo.
Indica también que el servicio se prestará en un espacio propio del local solicitante, en garajes o predios privados y/o lugares en vía pública, cercanos a tal fin.
El lugar para el estacionamiento deberá estar limpio de desperdicios, escombros y cualquier otro obstáculo que afecte la higiene, seguridad y bienestar general de las personas que lo usen y correctamente iluminado durante las horas de operación nocturna.
*Orientación vocacional
En otro proyecto de comunicación, el deliberativo expresó que vería con agrado que el Departamento Ejecutivo estudie la posibilidad de crear, a través de los ámbitos de la Dirección General de Educación y la Dirección General de Cultura de la comuna, talleres de orientación vocacional-ocupacional, destinados a la población joven y adolescente de San Isidro, que está finalizando la educación media.
En los fundamentos del despacho aprobado se expresa que al terminar el polimodal o secundario los adolescentes “atraviesan un período en el que se ven obligados a definir su propio rumbo y/o proyecto personal” y que “a menudo, esta nueva situación genera cierta incertidumbre y hasta en algunos casos, momentos de crisis”.
A ello se suma que en los últimos tiempos “ha aumentado significativamente la oferta educativa para el desarrollo profesional, por lo que se hace necesario brindar información sobre la diversidad de las carreras y cursos, sus objetivos y contenidos”.
Por tal motivo “teniendo en cuenta que los jóvenes constituyen un grupo social vulnerable para insertarse laboralmente, resulta necesario que el Estado les brinde ciertas herramientas no sólo para definir su vocación profesional sino también, para guiarlos en el proceso de la primera búsqueda laboral.”
“Por consiguiente –concluye- sería un gran aporte que la Municipalidad de San Isidro refuerce la labor de las escuelas, y ponga a disposición de la comunidad profesionales (psicólogos, psicopedagogos, licenciados en relaciones del trabajo y abogados) que puedan llevar a cabo esta tarea.”
La próxima sesión del cuerpo está prevista para el miércoles 1 de agosto próximo.
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