El Concejo Deliberante de San Isidro celebró su última sesión extraordinaria y vigésimo sexta reunión del año, durante la cual aprobó 51 expedientes producidos por las diferentes comisiones y que terminaron transformados en decretos, ordenanzas y comunicaciones de solicitud al Departamento Ejecutivo. También trató y aprobó la licencia del Intendente Municipal y siete versiones taquigráficas correspondientes a sesiones ordinarias, extraordinarias y especial.
En base al despacho de la Comisión de Presupuesto Hacienda, fue aprobada la ordenanza por la cual autoriza un incremento tarifario para el servicio de taxis (automóviles de alquiler con taxímetro).
Conforme a la nueva ordenanza el reloj taxímetro contabilizará en forma correlativa por cada 180 metros de recorrido, el valor del viaje y la espera del usuario del servicio. El valor a abonar en concepto de "bajada de bandera" será de $2,50 y en el servicio de "Taxi para Todos" a abonar en concepto de "bajada de bandera", será de 3,30. Además se computará $0,20 cada 130 metros de recorrido o por cada minuto de espera.
El cuerpo aprobó modificaciones a la ordenanza 8184 que reglamenta el Servicio de Autos al Instante, adecuándola a la nueva estructura administrativa municipal. El Art. 9° que queda redactado del siguiente modo: El trámite de habilitación del vehículo se iniciará como consulta ante la Secretaría de Tránsito, Seguridad y Cuidados Comunitarios. Deberá ser solicitada por el titular de la "Agencia" cuando el o los automotores sean de su propiedad. En caso de que el titular del dominio del vehículo fuese un tercero, la habilitación deberá ser tramitada por éste, con consentimiento del titular de la "Agencia". La habilitación de los vehículos se otorgará por un período ajustado a la vida útil de la unidad, renovable anualmente de acuerdo a las normas y condiciones que sobre se determinan en esta Ordenanza. Ninguna "Agencia" podrá funcionar con menos de cinco (5) vehículos habilitados. Podrán ser titulares de Remis, las personas físicas y jurídicas que cumplimentan los requisitos establecidos en el artículo 5° de la ordenanza.
También fue modificado el inciso b) del Art. 11° que ahora queda redactado de la siguiente manera: "Modelo de Antigüedad máxima de los vehículos afectados hasta trece (13) años de la fecha de patentamiento. Vencido dicho término y en caso de que el titular del vehículo habilitado lo solicitare, la autoridad de aplicación podrá autorizar prórrogas anuales de vigencia, de acuerdo al estado de conservación de los vehículos (acreditando Verificación Técnica Vehículo Aprobada) y hasta un plazo máximo de cuatro (4) prórrogas".
Otros cambios se efectuaron en el art. 15°, inciso b) del art. 16° y en el artículo 24° que define la autoridad de aplicación y que ahora establece que "será Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza, la Secretaría de Tránsito, Seguridad y Cuidados Comunitarios".
Otra de las cuestiones tratadas por el cuerpo es la flexibilización de las habilitaciones que cuenten con plano aprobado según lo dispuesto en el Código de Ordenamiento urbano y demás normativas municipales pero cuya correspondiente ordenanza (7852) venció el 17 de octubre último.
La nueva ordenanza dispone que aquellas habilitaciones otorgadas en virtud de la anterior "se les otorgue autorización Precaria de Funcionamiento".
Dado que las mismas tiene carácter precario, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá en cualquier momento proceder a su cancelación o baja, basándose en informes o evaluaciones de las áreas de aplicación u oficinas técnicas referidos principalmente al incumplimiento de medidas reglamentarias y/o ambientales y/o afectación del entorno urbano y/o eventuales conflictos con vecinos.
En otro orden, el Concejo aprobó un proyecto de comunicación dirigido al Departamento Ejecutivo mediante el cual indican que verían con agrado se "incorpore a los requisitos necesarios para la demolición de propiedades, la obligatoriedad de tomar fotografías del inmueble a demoler, que sirvan como memoria fotográfica urbana a fin de ser incorporadas al patrimonio cultural de San Isidro y derivadas al Archivo Histórico".
En relación con los problemas de tránsito que ocasiona la Planta Verificadora del Automotor situada sobre la Avenida Avelino Rolón al 1000, pide la realización de gestiones ante el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires "a fin de evitar la detención de vehículos sobre la Avenida Avelino Rolón, de la ciudad de Boulogne, durante los horarios de funcionamiento de la Planta, optimizando los medios de ingreso y egreso de la misma".
Otras cuestiones tratadas y aprobadas fueron: la factibilidad de instalación de refugios de pasajeros en Avenida Avelino Rolón, entre Pichincha y colectora Panamericana-Oeste y entre Beiró y Bermejo, en Boulogne; dar cumplimiento a la norma de tránsito que prohíbe e el estacionamiento de vehículos particulares en la calle Uriarte al 2200, esquina Bulnes, Boulogne; incorporar a la Ordenanza 6610 la exigencia de cumplimiento en la plantación de árboles y/o reposición de los mismos, en caso de efectuarse su extracción por razones fundamentadas en proyectos de nuevas urbanizaciones privadas, aperturas de calles y ejecución de Obras Públicas; factibilidad de implementar un nuevo sistema de recolección de residuos domiciliarios mediante la utilización de contenedores; convalidación de lo actuado por el Departamento Ejecutivo que dispuso la prohibición de circulación de vehículos de más de seis (6) toneladas por la Avenida de Mayo en toda su extensión, y la calle El Indio entre Com. Luis Piedrabuena y Avenida Ader, y la determinación de las arterias por las que deberán circular los mismos.
Conforme a la nueva ordenanza el reloj taxímetro contabilizará en forma correlativa por cada 180 metros de recorrido, el valor del viaje y la espera del usuario del servicio. El valor a abonar en concepto de "bajada de bandera" será de $2,50 y en el servicio de "Taxi para Todos" a abonar en concepto de "bajada de bandera", será de 3,30. Además se computará $0,20 cada 130 metros de recorrido o por cada minuto de espera.
El cuerpo aprobó modificaciones a la ordenanza 8184 que reglamenta el Servicio de Autos al Instante, adecuándola a la nueva estructura administrativa municipal. El Art. 9° que queda redactado del siguiente modo: El trámite de habilitación del vehículo se iniciará como consulta ante la Secretaría de Tránsito, Seguridad y Cuidados Comunitarios. Deberá ser solicitada por el titular de la "Agencia" cuando el o los automotores sean de su propiedad. En caso de que el titular del dominio del vehículo fuese un tercero, la habilitación deberá ser tramitada por éste, con consentimiento del titular de la "Agencia". La habilitación de los vehículos se otorgará por un período ajustado a la vida útil de la unidad, renovable anualmente de acuerdo a las normas y condiciones que sobre se determinan en esta Ordenanza. Ninguna "Agencia" podrá funcionar con menos de cinco (5) vehículos habilitados. Podrán ser titulares de Remis, las personas físicas y jurídicas que cumplimentan los requisitos establecidos en el artículo 5° de la ordenanza.
También fue modificado el inciso b) del Art. 11° que ahora queda redactado de la siguiente manera: "Modelo de Antigüedad máxima de los vehículos afectados hasta trece (13) años de la fecha de patentamiento. Vencido dicho término y en caso de que el titular del vehículo habilitado lo solicitare, la autoridad de aplicación podrá autorizar prórrogas anuales de vigencia, de acuerdo al estado de conservación de los vehículos (acreditando Verificación Técnica Vehículo Aprobada) y hasta un plazo máximo de cuatro (4) prórrogas".
Otros cambios se efectuaron en el art. 15°, inciso b) del art. 16° y en el artículo 24° que define la autoridad de aplicación y que ahora establece que "será Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza, la Secretaría de Tránsito, Seguridad y Cuidados Comunitarios".
Otra de las cuestiones tratadas por el cuerpo es la flexibilización de las habilitaciones que cuenten con plano aprobado según lo dispuesto en el Código de Ordenamiento urbano y demás normativas municipales pero cuya correspondiente ordenanza (7852) venció el 17 de octubre último.
La nueva ordenanza dispone que aquellas habilitaciones otorgadas en virtud de la anterior "se les otorgue autorización Precaria de Funcionamiento".
Dado que las mismas tiene carácter precario, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá en cualquier momento proceder a su cancelación o baja, basándose en informes o evaluaciones de las áreas de aplicación u oficinas técnicas referidos principalmente al incumplimiento de medidas reglamentarias y/o ambientales y/o afectación del entorno urbano y/o eventuales conflictos con vecinos.
En otro orden, el Concejo aprobó un proyecto de comunicación dirigido al Departamento Ejecutivo mediante el cual indican que verían con agrado se "incorpore a los requisitos necesarios para la demolición de propiedades, la obligatoriedad de tomar fotografías del inmueble a demoler, que sirvan como memoria fotográfica urbana a fin de ser incorporadas al patrimonio cultural de San Isidro y derivadas al Archivo Histórico".
En relación con los problemas de tránsito que ocasiona la Planta Verificadora del Automotor situada sobre la Avenida Avelino Rolón al 1000, pide la realización de gestiones ante el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires "a fin de evitar la detención de vehículos sobre la Avenida Avelino Rolón, de la ciudad de Boulogne, durante los horarios de funcionamiento de la Planta, optimizando los medios de ingreso y egreso de la misma".
Otras cuestiones tratadas y aprobadas fueron: la factibilidad de instalación de refugios de pasajeros en Avenida Avelino Rolón, entre Pichincha y colectora Panamericana-Oeste y entre Beiró y Bermejo, en Boulogne; dar cumplimiento a la norma de tránsito que prohíbe e el estacionamiento de vehículos particulares en la calle Uriarte al 2200, esquina Bulnes, Boulogne; incorporar a la Ordenanza 6610 la exigencia de cumplimiento en la plantación de árboles y/o reposición de los mismos, en caso de efectuarse su extracción por razones fundamentadas en proyectos de nuevas urbanizaciones privadas, aperturas de calles y ejecución de Obras Públicas; factibilidad de implementar un nuevo sistema de recolección de residuos domiciliarios mediante la utilización de contenedores; convalidación de lo actuado por el Departamento Ejecutivo que dispuso la prohibición de circulación de vehículos de más de seis (6) toneladas por la Avenida de Mayo en toda su extensión, y la calle El Indio entre Com. Luis Piedrabuena y Avenida Ader, y la determinación de las arterias por las que deberán circular los mismos.
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